Aenor en su comité técnico de normalización 58 sc 9 está elaborando una norma sobre la formación mínima para los operadores de plataformas aéreas. Una vez la norma esté publicada, ¿Qué valor tendrá? ¿Será obligatoria?
Las normas no son de obligado cumplimento, las leyes y los reales decretos sí. Si hay un real decreto o ley en el cual se mencione una norma específica, entonces ésta misma se convierte en obligatoria.
En este caso especifico, la norma que se está elaborado en el seno de AENOR referente a la formación mínima para los operadores de plataformas aéreas, será una norma ayudará a los empresarios a determinar cuál es una formación adecuada y suficiente para operadores de estos equipos, para así escoger para sus trabajadores un tipo de capacitación adecuada. Sin embargo los empresarios tendrán que seguir cumpliendo con los requisitos que marca la ley 31 de prevención de riesgos laborales y de consecuencia el R.D. 1215 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.